¿Qué puedo hacer y qué no tras las restricciones por el Covid-19?

El Gobierno de España aprobó el pasado sábado declarar el estado de alarma en todo el territorio nacional por un periodo de quince días, para afrontar la situación de emergencia sanitaria provocada por el coronavirus COVID-19. El Gobierno hace uso de este mecanismo, previsto en el artículo 116 de la Constitución, con el fin de “garantizar la protección de la salud de los ciudadanos, la contención de la enfermedad y el refuerzo del sistema de salud pública”, han señalado fuentes del Gobierno.

Al tiempo, se promueven medidas de distanciamiento social, permitiendo solo desplazamientos de primera necesidad. Solo se puede salir de uno en uno –a no ser que sea para acompañar a alguien con discapacidad o problemas de movilidad– en los siguientes supuestos:

  • 1º Adquisición de alimentos, productos farmacéuticos y de primera necesidad.
  • 2º Asistencia a centros sanitarios.
  • 3º Desplazamiento al lugar de trabajo para efectuar su prestación laboral, profesional o empresarial.
  • 4º Retorno al lugar de residencia habitual.
  • 5º Asistencia y cuidado a mayores, menores, dependientes, personas con discapacidad o personas especialmente vulnerables.
  • 6º Desplazamiento a entidades financieras
  • 7º Por causa de fuerza mayor o situación de necesidad.
  • 8º Cualquier otra actividad de análoga naturaleza debidamente justificada.

¿Puedo usar el coche?
Se permitirá la circulación de vehículos particulares por las vías de uso público para la realización de las actividades referidas en el apartado anterior o para el repostaje en gasolineras.

¿Puedo salir a correr o hacer deporte?
No, tampoco solo. No entra en uno de los supuestos justificados para salir a la calle.

¿Estarán abiertas las tiendas de alimentos, supermercados y similares?
Sí, como servicio esencial.

¿Qué otros establecimientos están abiertos?
Alimentación, bebidas, productos y bienes de primera necesidad. Establecimientos farmacéuticos, médicos, ópticas y productos ortopédicos. Productos higiénicos. Prensa y papelería. Combustible para la automoción. Estancos. Equipos tecnológicos y de telecomunicaciones. Alimentos para animales de compañía. Comercio por internet, telefónico o correspondencia. Tintorerías y lavanderías.

¿Los suministros a tiendas de alimentos y supermercados están asegurados?
Sí, la distribución alimentaria está considerada un servicio esencial y se coordina con las plataformas de distribución la llegada de productos básicos.

¿Qué normas hay que seguir para hacer la compra?
Evitar aglomeraciones y mantener un metro de distancia entre personas. Además se prohíbe consumir alimentos en las tiendas. La permanencia en los establecimientos comerciales cuya apertura esté permitida deberá ser la estrictamente necesaria para que los consumidores puedan realizar la adquisición de alimentos y productos de primera necesidad.

¿Puedo quedar con gente en la calle?
No. El decreto recomienda salir a la calle de uno en uno, a no ser que sea para acompañar a alguien que lo necesite, por lo que no se puede quedar para socializar en la calle.

¿Puedo llevar a los niños al parque?
No. Se recomienda que los niños permanezcan en casa. En Alcoy se han cerrado los parques y las fuerzas de seguridad instan a los viandantes a que abandonen estas áreas recreativas.

¿Puedo ir a ver a mi familiar/ amigo/vecino a su casa?
No. Se recomienda no salir de casa tampoco para ir a visitar a amigos, ya que de esta forma se propagaría el virus y no es un supuesto que entre dentro de las excepciones de movilidad.

¿Puedo visitar a mis familiares dependientes?
Sí, para garantizar la atención que necesiten. Este es uno de los supuestos en el que se pueden realizar visitas domiciliarias.

Soy persona dependiente. ¿La persona que me asiste podrá venir?
Sí, forma parte de los servicios esenciales que se permiten.

¿Puedo sacar a pasear a mi perro?
Sí, manteniendo las distancias y medidas de protección y seguridad. Sacar a la calle a los animales domésticos es una de las excepciones a la restricción de uso del espacio público. Eso sí, desde el Gobierno instan a “utilizar el sentido común”, sacar a pasear a las mascotas de forma individual y que esto no se utilice como una forma de paseo.

¿Puedo ir a bares y restaurantes?
Están cerrados.

¿Puedo ir al cine o teatro, a bibliotecas/museos?
Están cerrados. Existen alternativas culturales online para pasar estos días de confinamiento.

¿Pueden salir los periodistas a la calle para informar?
Los periodistas podrán moverse para desarrollar su trabajo y seguir informando a la ciudadanía de lo que ocurre durante esta crisis. También permanecerán abiertos los quioscos de prensa.

¿Puedo ir a misa o a un velatorio?
La asistencia a los lugares de culto y las ceremonias civiles y religiosas, incluidas las fúnebres, se condicionan a la adopción de medidas organizativas consistentes en evitar aglomeraciones de personas, en función de las dimensiones y características de los lugares, de tal manera que se garantice a los asistentes la posibilidad de respetar la distancia entre ellos de al menos un metro.

¿Los centros comerciales estarán abiertos?
No, sólo los dedicados exclusivamente a productos alimenticios, de higiene o limpieza o los espacios de los centros comerciales dedicados a estos productos.

¿Las tiendas en general pueden abrir?
No. Todos los establecimientos considerados no esenciales se cierran.

¿Puedo comprar comida online?
Sí. El decreto permite el envío de comida a domicilio y no restringe el comercio online, telefónico ni los envíos postales.

Tengo una cita médica. ¿Puedo ir?
Si no es urgente, mejor posponerla. Aunque ir al médico es uno de los supuestos por los que están permitidos salir a la calle, se insta a dejar liberados los recursos médicos para aquellos que más lo necesiten.

¿Funciona el transporte público?
Sí. Los servicios de transporte con consideración de servicio público y que dependan de las comunidades autónomas, mantienen toda su oferta.

¿Funcionan los trenes?
Desde las 00:00 del miércoles 18 de marzo, todos los billetes adquiridos para viajar durante la vigencia del estado de alarma serán anulados. Renfe desaconseja cualquier desplazamiento, salvo por extrema necesidad y para ello habilitará servicios de AVE, Larga Distancia, Media Distancia y Avant con una nueva oferta equivalente del 50% de los trenes actuales, con sólo un 30% de la oferta en cada coche, para extremar medidas sanitarias. En el caso de los Cercanías, la variación del servicio tendrá en cuenta “la necesidad de garantizar que los ciudadanos puedan acceder a sus puestos de trabajo y a los servicios básicos en caso necesario”.

¿Puedo salir de la ciudad en la que estoy?
La recomendación es no salir de casa y evitar los desplazamientos.

¿Me pueden multar si me salto estas normas?
Sí. El incumplimiento o la resistencia a las órdenes de las autoridades competentes en el estado de alarma puede conllevar penas de hasta cuatro años de cárcel y multa de 600 a 30.000 euros.

Foto: Acudir a la farmacia o a sacar dinero del banco sí está permitido durante la crisis | Xavi Terol

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