Finalizan las medidas especiales por la legionela

Alcoy se considera de nuevo un municipio más en este aspecto

Finalizan las medidas especiales por la legionela
En las fuentes ornamentales se seguirá realizando un control habitual. | ARCHIVO

Después de que en el año 2002 Alcoy fuese declarada Zona de Actuación Especial (ZAE) por legionela, el Ayuntamiento ha informado de que tras comprobar que desde el 2016 no ha habido ningún brote, la Generalitat Valenciana “ha propuesto que Alcoy sea considerado como un municipio más de la Comunitat a efectos de medidas de vigilancia y controles especiales”.

Hace 5 años, se procedió a la descalificación de Alcoy como ZAE, pero se consideró oportuno que todavía se llevase a cabo “un control especial sobre las instalaciones con probabilidad de proliferación y dispersión de legionela, así como en la red de abastecimiento de agua de consumo humano, los vehículos de limpieza viaria y los vehículos que participaban en los asfaltos”.

Tras todo este tiempo sin casos, y tras la solicitud del Ayuntamiento, la Generalitat ya considera nuestra ciudad como un municipio más, por lo que dejará de tener medidas especiales y deberá adoptar las mismas que el resto.

Así, seguirá habiendo un control establecido, que en el caso de las fuentes ornamentales, el consistorio detalla que se basará en “realizar tomas de análisis de legionela de forma anual y controles de biocida y Ph de forma semanal”. Y por ejemplo, en los vehículos de limpieza viaria, se deberá garantizar la limpieza y desinfección, garantizando siempre la presencia de biocida. Se deberá llevar un registro y hacer controles periódicos por parte del Centro de Salud Pública de Alcoy.

Por su parte, en la red de abastecimiento de agua de consumo humano, se deberá cumplir con el Real Decreto 140/2003, en el que se establecen los criterios de calidad de agua de consumo humano. Por lo tanto la concentración de CLR en la red no deberá superar 1ppm, esto significa que se rebajará la cloración del agua potable, que actualmente está en 1’2 ppm (partes por millón) a 0’8 ppm en verano y 0’6 ppm en invierno.

Por lo que respecta a las instalaciones de riesgo de legionelosis en el casco urbano, deberán seguir los requisitos especificados en el Real Decreto 865/2003 por el que se establecen los criterios higiénico-sanitarios para la prevención y control de la legionela.

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