El Ayuntamiento prohíbe lanzar servilletas y el uso de drones en las Entradas
Entre otras normas de regulación específica durante las Fiestas de moros y cristianos
El Ayuntamiento de Alcoy ha emitido el acostumbrado bando en que se detallan la regulación de todos aquellos aspectos de nuestra ciudad que previsiblemente van a verse alterados por las próximas Fiestas de Moros y Cristianos en honor de San Jorge.
Entre otros muchos aspectos, indica que el sábado 20 de abril deberán permanecer despejadas de mobiliario o elementos que puedan constituir un obstáculo, las calles por las que discurre tanto la Entrada como la Diana, además de otras como Joan Cantó, Sant Josep, El Tap, Sant Joan, Sant Maure, Santa Rita, o La Sardina, por motivos de seguridad y evacuación.
Asimismo, y por razones de seguridad y orden público, durante las Entradas de Moros y Cristianos, aquellas actividades que dispongan de ventanas habilitadas para la venta de bebidas, que recaigan en las calles o bocacalles donde discurre el desfile, no podrán hacer uso de las mismas bajo ningún concepto, debiendo utilizar el acceso normal para la atención al público.
Este bando también detalla que está prohibido el estacionamiento de vehículos en la totalidad de las calles del circuito de fiestas delimitadas por los cortes de tráfico. Los accesos por el Pont de Sant Jordi, Passeig Ovidi Montllor (Viaducte), Capellá Navarro, Alcassares, País Valencià y Pont Vell de Sant Roc (acceso al Terrer), estarán cortados salvo para carga y descarga de los vehículos autorizados y dentro del horario permitido. Hay que recordar esta prohibición especialmente en la plaça Pintor Gisbert, del 20 al 22 de abril.
El bando autoriza a la Policía Local a actuar como proceda en cada caso, si se detecta la instalación no autorizada de altavoces en la vía pública, o la reproducción de música en los locales o en la vía pública, aunque estén autorizados, cuyo volumen pueda molestar a los vecinos o interferir en actos de fiestas programados, especialmente durante las entradas, las procesiones, así como en el desfile de bandas.
El documento recuerda que está prohibido arrojar a la vía pública servilletas de papel o similares, especialmente en los desfiles del día 20 de abril, por el riesgo de resbalones y caídas para peatones o caballos. Se considera falta leve el vertido de cualquier elemento distinto al confeti de 15 mm. de diámetro máximo o a las serpentinas.
Conviene incidir en el artículo 69.7 de la Ley 10/2014, de 29 de diciembre, de la Generalitat, de Salud de la Comunitat Valenciana, que prohíbe el consumo de bebidas alcohólicas en la vía pública excepto que la autoridad local lo autorice en fiestas patronales. El Ayuntamiento de Alcoy lo autoriza y tal y como dice este artículo “se deberán adoptar las medidas necesarias que garanticen el cumplimiento de la prohibición de venta, suministro y consumo de bebidas alcohólicas por los menores de edad y de las demás prohibiciones establecidas en esta ley”.
El bando habla de otros aspectos a tener en cuenta como los espectáculos pirotécnicos o la prohibición de uso de drones en zona de concentración de personas, salvo los de los Cuerpos de Seguridad del Estado y aquellos que cuenten con los debidos permisos de la autoridad competente.
Finalmente, recuerda el deber de mantener los terrenos, solares, edificios, construcciones e instalaciones en condiciones de seguridad, funcionalidad y habitabilidad, siendo los únicos responsables de los daños que pudieran producirse, los propietarios de los mismos, por la cual cosa tendrán que mantenerlos en condiciones.