Desde hoy, adiós a la mascarilla en interiores
El BOE contempla algunas excepciones, como los centros sanitarios, residencias de mayores y medios de transporte
Después de que el Consejo de Ministros diese ayer luz verde a la medida, hoy se ha publicado en el Boletín Oficial del Estado (BOE) el decreto que pone fin a la obligatoriedad, de manera genérica, de la mascarilla en interiores.
De este modo, y habiendo entrado ya en vigor tras aparecer en el BOE, este elemento que llegó de la mano de la Covid-19, precisamente para hacer frente a los contagios, desde hoy ya no es obligatorio en espacios interiores, aunque precisamente en el BOE aparecen algunas excepciones: «En los centros, servicios y establecimientos sanitarios según lo establecido en el Real Decreto 1277/2003, de 10 de octubre, por el que se establecen las bases generales sobre autorización de centros, servicios y establecimientos sanitarios, por parte de las personas trabajadoras, de los visitantes y de los pacientes con excepción de las personas ingresadas cuando permanezcan en su habitación»; también en los «centros sociosanitarios, los trabajadores y los visitantes cuando estén en zonas compartidas»; y finalmente, en los «medios de transporte aéreo, por ferrocarril o por cable y en los autobuses, así como en los transportes públicos de viajeros. En los espacios cerrados de buques y embarcaciones en los que no sea posible mantener la distancia de 1,5 metros, salvo en los camarotes, cuando sean compartidos por núcleos de convivientes».
Según informó la Ministra de Sanidad, Carolina Darias, las farmacias están consideradas centros sanitarios a los que acuden personas vulnerables, por lo que, en estos establecimientos la mascarilla sigue siendo obligatoria.
Asimismo, en el BOE se indica que «se recomienda un uso responsable de la mascarilla en los espacios cerrados de uso público en los que las personas transitan o permanecen un tiempo prolongado» además de en los eventos multitudinarios. En el entorno laboral, serán las empresas las que pueden «determinar las medidas preventivas adecuadas que deban implantarse en el lugar de trabajo o en determinados espacios de los centros de trabajo, incluido el posible uso de mascarillas, si así se derivara de la referida evaluación».