Amplio dispositivo policial para garantizar el cumplimiento ciudadano del estado de alarma

El Real Decreto dictado por el Gobierno introduce una serie de limitaciones para la libertad deambulatoria de los ciudadanos. La resolución dictada por el ministro del Interior, Fernando Grande-Marlaska, indica en este ámbito que las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad “establecerán dispositivos de seguridad, fijos y móviles, tanto en las vías y espacios públicos como en la red de transporte, y en particular en aquellos lugares o franjas horarias que específicamente se puedan ver afectados por las restricciones que se acuerden, para asegurar la observancia de las medidas limitativas de la libertad ambulatoria”.

Recordar que el decreto aprobado este sábado por el Gobierno regula la limitación al movimiento de los ciudadanos en toda España. Durante la vigencia del estado de alarma los ciudadanos y los vehículos únicamente podrán circular por las vías de uso público para la realización de actividades consideradas de “primera necesidad” (trabajo, alimentación, atención sanitaria y cuidado de dependientes o menores).

“En todo caso, en la actuación de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad se tendrá en cuenta la necesidad de garantizar que los ciudadanos puedan acceder a sus puestos de trabajo y a los servicios básicos en caso necesario, así como la de permitir la movilidad del personal perteneciente a entidades dedicadas a la prestación de servicios esenciales o al abastecimiento y distribución de bienes y servicios de primera necesidad”, recoge la orden.

Aquellos que incumplan las restricciones fijadas por el estado de alarma para hacer frente a la crisis del coronavirus podrán ser sancionados desde una multa de 100 euros a una pena de prisión de un año si se “resistiere o desobedeciere gravemente a las autoridades o sus agentes en el ejercicio de sus funciones”.

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