La Audiencia ordena reabrir el caso del incendio de La Torre
La Audiencia Provincial de Alicante ha ordenado reabrir la investigación del incendio forestal declarado en la localidad de Torremanzanas, en agosto de 2012, en el que murieron dos personas, un bombero y un brigadista, y otras tres sufrieron lesiones.
La Sección 10ª de la Audiencia alicantina estima los recursos interpuestos por las partes y devuelve la causa al Juzgado de Instrucción 2 de San Vicente del Raspeig, que, en septiembre de 2015, decretó el sobreseimiento provisional de las diligencias en las que figuraban como investigados por dos delitos de homicidio por imprudencia y varios delitos de lesiones tres responsables de la coordinación de los trabajos de extinción del fuego.
La Sala considera que el archivo, fundado en un informe pericial, fue prematuro porque no se permitió a las partes preguntar al autor del mismo. A este respecto, el auto subraya “la obligación del instructor de posibilitar que las partes efectúen al perito las observaciones que estimen convenientes y realicen las preguntas que consideren oportunas sobre su pericia y sobre las conclusiones alcanzadas”.
Insiste en que esta exigencia es en este caso “más oportuna” por dos motivos: porque “el referido informe pericial es el que ha servido al instructor para acordar el sobreseimiento de la causa” y porque existe otro informe “abiertamente discrepante” de otro perito que “llega a conclusiones dispares.
En esa situación, mantiene la Sección Décima, “parece a priori conveniente que los autores de los informes discordantes comparezcan y aclaren los puntos relevantes para la determinación de las responsabilidades que en la causa se ventilan”.
La Sala considera que “no puede reputarse suficiente una investigación que no agote razonablemente los recursos necesarios para adquirir una suficiente certeza sobre las circunstancia y avatares de los óbitos”; ordena reabrir la causa y seguir investigando, con independencia de que, tras la práctica de la diligencia acordada, el instructor “puede acordar nuevamente el sobreseimiento de la causa o dictar cualquier otra resolución que considere ajustada a derecho”.